Para que una hija o hermana sea registrada como Miembro Familiar, es requisito indispensable que nunca haya contraído matrimonio, ya sea en Venezuela o en el exterior.
IMPORTANTE: El estatus de "Soltera" se pierde al momento de contraer nupcias. Por lo tanto, una persona divorciada o viuda NO se considera soltera bajo los reglamentos del club.
Es responsabilidad del socio informar cualquier cambio de estado civil a la brevedad posible.
A partir del 20 de julio, los socios dispondrán de un lapso de 30 días continuos para regularizar el estatus de sus familiares ante el club.
Notifique cualquier cambio al correo:
Finalizado este lapso, la Junta Directiva iniciará una revisión exhaustiva de todos los casos existentes.
El incumplimiento u omisión de esta norma conlleva sanciones previstas en los siguientes artículos:
Art. 36: Suspensión de 1 a 6 meses:
Art. 37: Suspensión de 6 meses a 2 años:
JUNTA DIRECTIVA CCG